Industria · Transporte de carga

SARLAFT para empresas de transporte en Colombia

Si tu empresa de transporte terrestre de carga está habilitada por el Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Transporte te exige un sistema de prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo. Te explicamos qué aplica hoy, SIPLAFT o SARLAFT, y lo implementamos por ti.

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Flota de camiones de transporte de carga en carretera en Colombia
Supertransporte + UIAF
Reportes de implementación y de operaciones sospechosas.
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Resolución 74854
marco base del sector transporte
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A quién aplica

¿Tu empresa de transporte está obligada?

La obligación recae en las empresas habilitadas por el Ministerio de Transporte para prestar el servicio público de transporte terrestre automotor de carga, según la Resolución 74854 de 2016, estén operando o no.

Habilitación vigente

Empresas con resolución de habilitación del Ministerio de Transporte para carga por carretera.

Aun sin operar

La exigencia aplica incluso si la empresa no está operando actualmente.

No todas aplican

No todas las empresas de carga quedan cubiertas: depende de la habilitación. Lo confirmamos en el diagnóstico.

La duda más frecuente

SIPLAFT o SARLAFT: qué rige hoy al transporte

Implementar el sistema equivocado o quedarse en una versión desactualizada expone a la empresa a hallazgos en visitas de inspección. Así está la transición:

De dónde viene

SIPLAFT

El sector nació con el Sistema de Prevención y Control del LA/FT, bajo la Resolución 74854 de 2016.

Hacia dónde va

SARLAFT

La Superintendencia de Transporte reemplazó el SIPLAFT por el SARLAFT sectorial. Las empresas deben adecuar su sistema a esa transición.

La normativa del sector se actualiza; en el diagnóstico verificamos el marco vigente. Amplía en Qué es el SIPLAFT y revisa el alcance completo del sistema en nuestra consultoría SARLAFT.

Qué exige el sistema

Obligaciones del sistema en el sector transporte

Un sistema bien implementado en transporte suele incluir:

Oficial de cumplimiento

Designado por la empresa para liderar y hacer seguimiento al sistema.

Políticas y procedimientos

Acta de aprobación de políticas ALA/CFT y manual del sistema.

Debida diligencia

Conocimiento y verificación de contrapartes: clientes, proveedores y conductores.

Capacitación

Formación del personal en prevención del LA/FT.

Reportes

Evidencia de implementación ante la Supertransporte (sistema Vigía) y reportes a la UIAF.

Oficial de cumplimiento externo para transporte

Muchas empresas de transporte no cuentan con la estructura interna para sostener estas funciones. Asumimos la función como oficial de cumplimiento externo, con la idoneidad y dedicación que exige la norma.

Conocer el servicio
Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes del sector

¿El sector transporte usa SIPLAFT o SARLAFT?

El sector nació con el SIPLAFT (Resolución 74854 de 2016) y la Superintendencia de Transporte lo reemplazó por el SARLAFT sectorial. Las empresas que tenían SIPLAFT deben migrar; en un diagnóstico se confirma el marco vigente.

¿Quién vigila el cumplimiento en el transporte?

La Superintendencia de Transporte supervisa la implementación, y las operaciones sospechosas se reportan a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF).

¿Qué se reporta y ante quién?

Ante la Supertransporte, la evidencia de implementación por el sistema Vigía. Ante la UIAF, las operaciones sospechosas (ROS), su ausencia (No ROS) y las transacciones múltiples de carga.

¿Mi empresa está obligada si no está operando?

Sí. La obligación aplica a las empresas habilitadas por el Ministerio de Transporte para el servicio público de carga, estén operando o no.

Conversemos

¿Tu empresa de transporte necesita implementar o migrar su sistema?

Acompañamos a las empresas de transporte de carga en el diagnóstico, la migración de SIPLAFT a SARLAFT y la implementación completa, adaptada a su operación.

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